La Constitución es un orden normativo perfectamente exigible: Rodríguez Borbón
7 de febrero de 2024
Beatriz Espinoza
Los medios de control de regularidad constitucional hacen posible que la Constitución sea concebida y considerada como una normatividad cuyo cumplimiento es exigible y ya no deben ser vistas como “una cartita a Santa Claus”, advirtió el académico, Jesús Alfredo Rodríguez Borbón.
El también director del Bufete Jurídico Gratuito de la Universidad de Sonora brindó una conferencia sobre la importancia de los medios de control de regularidad constitucional en el ejercicio del poder público, en el marco del CXVII Aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El evento fue organizado por el Bufete Jurídico, perteneciente a la misma unidad académica adscrita a la Facultad Interdisciplinaria de Ciencias Sociales, y en él, el especialista consideró que tampoco debe ser considerado un derecho simbólico en el que sólo se expresan buenos deseos.
“Deben ser todas esas disposiciones exigibles en su cumplimiento que ya no deben quedar en el aire; la Constitución es un orden normativo perfectamente bien exigible a través de los medios de control de regularidad”, señaló.
Medios de control
El conferencista, docente universitario, enumeró algunos de estos medios de control destacando el juicio de amparo, las normas generales, y el respeto a la división de poderes que se hace valer a través de la acción denominada controversia constitucional.
Recordó que, en un estado de derecho, es básico el respeto a las decisiones políticas fundamentales contenidas en la Constitución que no es otra cosa más que el conjunto de decisiones políticas fundamentales que dan estructura al Estado, le otorga competencias, establece la forma de gobierno y de cómo acceder al poder, es decir, de cómo el gobierno se legitima frente al pueblo cuyos derechos humanos les reconoce la Constitución.
“Entre las decisiones políticas fundamentales destaca lo que tradicionalmente se ha llamado división de poderes, insisto, se concreta en una distribución de competencias, su respeto y observancia impide el desequilibrio y con ello, un estado de anarquía y es a través de los medios de control de regularidad constitucional, de los actos de las autoridades en el ejercicio del poder público, como se resguardan los derechos humanos de los gobernados”, estableció.
Antecedentes
Rodríguez Borbón hizo referencia de pasajes de la historia que dieron origen a la elaboración de la Constitución, de las Constituciones hasta la creación de las disciplinas del derecho, como la del estudio de los controles de la regularidad constitucional que viene a ser el Derecho Procesal Constitucional.
Explicó que esta disciplina se presenta con el reconocimiento a un fenómeno jurídico político bajo la perspectiva de que el ser humano es el centro de toda la atención del derecho, lo que implicó un intenso desarrollo legislativo y jurisprudencial y doctrinal constitucional.
“El Derecho Procesal Constitucional está situada dentro del campo del derecho procesal y se ocupa del estudio sistemático de las instituciones y de los órganos por medio d ellos cuales pueden resolverse los conflictos relativos a los principios, valores y disposiciones fundamentales contenidos en la Constitución”, explicó.
Añadió que existen tres principales controles de regulación constitucional y estos son la controversia constitucional que tiene como objetivo la tutela del ámbito de atribuciones que la Constitución confiere a los órganos jurídicos, sus competencias constitucionalmente establecidas que no deben rebasar los principios rectores de la propia Constitución.
Otro es lo que se ha llamado la división de poderes que es un equilibrio muy delicado y respeto para que permanezca el estado de Derecho. “La acción abstracta de la inconstitucionalidad de normas cuando venga la plataforma demoledora de un solo partido imponiendo su voluntad; este ejercicio está confiado a la existente de las fracciones parlamentarias minoritarias y a los órganos de la propia Constitución”.
“Ninguna norma ordinaria puede estar por encima de la Constitución, es el principio de la supremacía constitucional de ver a la Constitución como norma que sujeta, regula, y condiciona la validez de todo el orden normativo del cual es directriz”, apuntó.
El arranque de la conferencia que marca el inicio de un ciclo de eventos organizados por el Bufete Jurídico Gratuito de la Unison, fue inaugurado por el jefe del Departamento de Derecho, Héctor Guillermo Campbell Araujo.
Para este miércoles, la conferencia programada en el marco del CXVII Aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos será a cargo del licenciado Otoniel Gómez Ayala con el tema de “La división de poderes en un estado de derecho fuerte (la necesidad de órganos de control independientes)” a las 10:00 horas en el auditorio Licenciado Roberto Reynoso Dávila, ubicado en la planta baja del edificio 10-I del Departamento de Derecho y a través de la plataforma Teams.
Los medios de control de regularidad constitucional hacen posible que la Constitución sea concebida y considerada como una normatividad cuyo cumplimiento es exigible y ya no deben ser vistas como “una cartita a Santa Claus”, advirtió el académico, Jesús Alfredo Rodríguez Borbón.
El también director del Bufete Jurídico Gratuito de la Universidad de Sonora brindó una conferencia sobre la importancia de los medios de control de regularidad constitucional en el ejercicio del poder público, en el marco del CXVII Aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El evento fue organizado por el Bufete Jurídico, perteneciente a la misma unidad académica adscrita a la Facultad Interdisciplinaria de Ciencias Sociales, y en él, el especialista consideró que tampoco debe ser considerado un derecho simbólico en el que sólo se expresan buenos deseos.
“Deben ser todas esas disposiciones exigibles en su cumplimiento que ya no deben quedar en el aire; la Constitución es un orden normativo perfectamente bien exigible a través de los medios de control de regularidad”, señaló.
Medios de control
El conferencista, docente universitario, enumeró algunos de estos medios de control destacando el juicio de amparo, las normas generales, y el respeto a la división de poderes que se hace valer a través de la acción denominada controversia constitucional.
Recordó que, en un estado de derecho, es básico el respeto a las decisiones políticas fundamentales contenidas en la Constitución que no es otra cosa más que el conjunto de decisiones políticas fundamentales que dan estructura al Estado, le otorga competencias, establece la forma de gobierno y de cómo acceder al poder, es decir, de cómo el gobierno se legitima frente al pueblo cuyos derechos humanos les reconoce la Constitución.
“Entre las decisiones políticas fundamentales destaca lo que tradicionalmente se ha llamado división de poderes, insisto, se concreta en una distribución de competencias, su respeto y observancia impide el desequilibrio y con ello, un estado de anarquía y es a través de los medios de control de regularidad constitucional, de los actos de las autoridades en el ejercicio del poder público, como se resguardan los derechos humanos de los gobernados”, estableció.
Antecedentes
Rodríguez Borbón hizo referencia de pasajes de la historia que dieron origen a la elaboración de la Constitución, de las Constituciones hasta la creación de las disciplinas del derecho, como la del estudio de los controles de la regularidad constitucional que viene a ser el Derecho Procesal Constitucional.
Explicó que esta disciplina se presenta con el reconocimiento a un fenómeno jurídico político bajo la perspectiva de que el ser humano es el centro de toda la atención del derecho, lo que implicó un intenso desarrollo legislativo y jurisprudencial y doctrinal constitucional.
“El Derecho Procesal Constitucional está situada dentro del campo del derecho procesal y se ocupa del estudio sistemático de las instituciones y de los órganos por medio d ellos cuales pueden resolverse los conflictos relativos a los principios, valores y disposiciones fundamentales contenidos en la Constitución”, explicó.
Añadió que existen tres principales controles de regulación constitucional y estos son la controversia constitucional que tiene como objetivo la tutela del ámbito de atribuciones que la Constitución confiere a los órganos jurídicos, sus competencias constitucionalmente establecidas que no deben rebasar los principios rectores de la propia Constitución.
Otro es lo que se ha llamado la división de poderes que es un equilibrio muy delicado y respeto para que permanezca el estado de Derecho. “La acción abstracta de la inconstitucionalidad de normas cuando venga la plataforma demoledora de un solo partido imponiendo su voluntad; este ejercicio está confiado a la existente de las fracciones parlamentarias minoritarias y a los órganos de la propia Constitución”.
“Ninguna norma ordinaria puede estar por encima de la Constitución, es el principio de la supremacía constitucional de ver a la Constitución como norma que sujeta, regula, y condiciona la validez de todo el orden normativo del cual es directriz”, apuntó.
El arranque de la conferencia que marca el inicio de un ciclo de eventos organizados por el Bufete Jurídico Gratuito de la Unison, fue inaugurado por el jefe del Departamento de Derecho, Héctor Guillermo Campbell Araujo.
Para este miércoles, la conferencia programada en el marco del CXVII Aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos será a cargo del licenciado Otoniel Gómez Ayala con el tema de “La división de poderes en un estado de derecho fuerte (la necesidad de órganos de control independientes)” a las 10:00 horas en el auditorio Licenciado Roberto Reynoso Dávila, ubicado en la planta baja del edificio 10-I del Departamento de Derecho y a través de la plataforma Teams.