Especialista destaca el impacto socio-jurídico de las reformas en materia de alimentos

8 de noviembre de 2018


Jesús Alberto Rubio

Desde el poder legislativo se tiene ya la tendencia de crear un registro de deudores alimentistas morosos, afirmó Octavio Eduardo González Domínguez, profesor del Departamento de Derecho de la Universidad de Sonora, al impartir esta mañana la conferencia Impacto sociojurídico de las reformas en esa materia.

Al continuar el programa de actividades del 65 aniversario del Departamento de Derecho, indicó que la medida de solicitarse un certificado de “no adeudo”, pareciera ser muy rígida, pero que es resultado de una situación que en los tribunales se está viendo un tanto conflictiva.

El también magistrado del Primer Tribunal Colegiado Regional del Primer Circuito del Supremo Tribunal de Justicia en Sonora reiteró que la tendencia se orienta al hecho de que “si quieres sacar una licencia, pasaporte, ser un empleado, contraer matrimonio, salir del país o tener un cargo de elección popular, vas a tener que mostrar un certificado de no estar en el buró de deudores alimentistas”.

González Domínguez consideró la importancia de abordar ese tema porque hoy se presenta una problemática en cuanto a quién tiene que pagar alimentos y en qué proporción.

Incluso, añadió, se hace necesario conocer el aspecto sensible el derecho a los alimentos y a que se garanticen y se cumplan voluntariamente, además de que los patrones manden los informes de cuánto se gana en salario para que se hagan los descuentos.

El docente en el Posgrado en Derecho de esta institución recordó que de acuerdo con el Código de Familia para Sonora y la doctrina del derecho en general, el dar alimentos como una pensión es una prerrogativa derivada del parentesco consanguíneo.

Cambio de paradigma

Octavio Eduardo González señaló que este nuevo proceso tiene que ver con los roles sociales y económicos actuales, porque hasta antes de los años noventa el varón era el único proveedor de la familia, mientras que la mujer se dedicaba a las labores del hogar y cuidado de los hijos.

Hoy, dijo, eso ya ha cambiado porque la mujer también se ha incorporado al campo laboral.

Por ello se hizo la pregunta sobre quiénes son los obligados al pago de pensiones alimenticias, porque ya no únicamente es una persona quien puede hacerlo, además de cómo se cuantifica y en qué proporción.

Actualmente, reveló, una reforma de junio de 2018 marca ciertos parámetros para que los tribunales no tengan dificultad para la aplicación del monto de las pensiones alimenticias.

Dio a conocer que en Sonora, en los años 2015 y 2016 las demandas de pensiones alimenticias fueron 1,750, y que en el 2017 subieron a 2,070. “Ahora, en lo que va de enero a octubre de este 2018, van 1,585, lo que indica que con facilidad se rebasará la cifra del año pasado”, indicó.

Además, mencionó que de una muestra obtenida de cada uno de esos registros, al menos el 90% de ellas fue de parte de mujeres y el resto, de hombres.

“Se ve todavía el paradigma tradicional –90%—, porque las mujeres finalmente siguen ostentando la custodia de los hijos”, concluyó en el auditorio Roberto Reynoso Dávila, del Departamento de Derecho, del cual es egresado.